lunes, 27 de junio de 2011

COSTOS MINEROS

3. COSTOS MINEROS


Los “COSTOS DE OPERACIÓNES MINERAS”, se traducen en un concepto de “GASTO MONETARIO”; esto es, mide las operaciones minero-metalúrgicas, en términos de dinero. Los costos de operaciones mineras, en minería informal, artesanal o pequeños productores de oro, se determina en explotación de una mina tradicional y netamente convencional, que pertenece a la minería subterránea.

lunes, 20 de junio de 2011

IMPACTO DE LA MINERIA

2. IMPACTO DE LA MINERIA

La minería es una actividad a corto plazo pero con efectos a largo plazo. A nadie puede (debe) caberle duda que cuando se realiza en zonas de bosque constituye un factor de depredación de los mismos. Se calcula que, conjuntamente con la exploración de petróleo, amenaza el 38% de las últimas extensiones de bosques primarios el mundo.

jueves, 16 de junio de 2011

LA MINERIA

1. LA MINERIA





La minería es la obtención selectiva de los minerales y otros materiales de la corteza terrestre. También se denomina así a la actividad económica primaria relacionada con la extracción de elementos de los cuales se puede obtener un beneficio económico. Dependiendo del tipo de material a extraer la minería se divide en metálica y no metálica. Los métodos de explotación pueden ser a cielo abierto o subterráneo. Los factores que lo determinarán serán entre otros la geología y geometría del yacimiento y la característica geomecánica del mineral y el estéril.

martes, 14 de junio de 2011

CONTABILIDAD MINERA

INDICE
1. INTRODUCCION
2. LA MINERIA
3. IMPACTO DE LA MINERIA
4. COSTOS MINEROS
5. COMERCIALIZACION DE MINERALES

                 Mina Subterranea Marcelo Jorissen                      


1. INTRODUCCION


La actividad minera esta basa en disposiciones legales que norman la actividad minera, sustentada principalmente por el Código de Minería (Ley 1777). Asimismo las obligaciones impositivas propias de la actividad, está regulada por la Ley Nº 3787 modificatoria a la Ley Nº 1777 en su Título Octavo con el “Sistema Regalitario e Impositivo Minero”, reglamentada a través del Decreto Supremo Nº 29577, cuya normativa determina a los sujetos obligados a la Regalía Minera como: a) Prospección y Exploración; b) Explotación; c) Concentración; d) Fundición y Refinación y e) Comercialización de minerales y metales.


Las actividades mineras en todos sus procesos deben cumplir de forma obligatoria lo siguiente:


1. Patente Minera: Establecida en el Capítulo V del Titulo III del Libro Primero del Código de Minería Ley Nº 1777.
2. Regalía Minera (RM): Establecida en el Titulo VIII del Libro Primero y en las disposiciones transitorias y finales del Código de Minería Nº 1777 (Modificado por Ley Nº 3787).
3. Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE): Establecida en Ley 843 (Texto Ordenado Vigente) en su Titulo III Ley Nº 1731 que complementa a la Ley 843 en lo que se refiere a la actividad mineras y la Ley Nº 1777 Código de Minería.
4. Alícuota Adicional al Impuesto a las Utilidades de las Empresas (AA-IUE): Establecida en la Ley Nº 3787 que complementa a la Ley 843 en lo que se refiere a la actividad minera reglamentada en el D.S. 29577.